
Buen día,
Les comparto un resumen de las principales medidas anunciadas por el Banco Central a través de la Comunicación “A” 8417, que introduce nuevas flexibilizaciones del cepo cambiario, en un contexto de mejora en la acumulación de reservas.
Principales puntos:
Para personas físicas (viajes al exterior):
Se eliminan los límites de extracción de efectivo con tarjeta en el exterior. A partir de ahora, el monto máximo lo definirá cada banco.
Para exportadores:
Se amplía de 60 a 180 días el plazo para liquidar divisas en operaciones entre casas matrices y filiales, y el límite anual sube de US$50M a US$200M.
Se extiende a 1 año el plazo de liquidación para exportaciones específicas (indumentaria, productos de bajo volumen, y bienes espaciales o nucleares).
Exportadores individuales ya no deberán liquidar divisas en el mercado local, aunque sí ingresarlas al país, permitiendo retener los dólares generados.
Para empresas y sector financiero:
Empresas con deuda en el mercado local (ON o líneas comerciales) podrán acceder al mercado oficial hasta 3 días antes del vencimiento para cancelarlas.
Se habilita el acceso al mercado oficial para pagar deuda intrafirma, sujeto a condiciones de refinanciación (4 años de vida promedio y 3 de gracia).
Se permite cubrir en dólares pasivos en otras monedas, como yuanes, dentro del mercado oficial.
Restricción adicional:
Se amplía la restricción cruzada de 90 días, que impide acceder al mercado oficial a quienes operen con dólares financieros y los giren al exterior, buscando evitar maniobras de arbitraje (“rulo”).
