A través del Decreto 1065/2024 y la Resolución General 5608/2024 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), se introducen modificaciones en el régimen de Prestadores de Servicios Postales (PSP) y Courier, en línea con los anuncios realizados por el Gobierno nacional en las últimas semanas.

Entre los principales cambios establecidos por las normas, destacan:
De acuerdo al Decreto 1065/2024, los envíos no comerciales de hasta USD 400 FOB por envío pasarán a estar exentos de derechos de importación y tasas de estadística, con un límite de cinco envíos por persona al año. El peso de cada paquete no podrá superar los 50 kg.
Ampliación del Límite FOB, permitiendo importaciones y exportaciones con un valor FOB de hasta USD 3.000 por envío.
Establecimiento de un registro automatizado para las solicitudes de destinación, que deberán formalizarse electrónicamente a través del sistema informático de la ARCA.
Disposición de que los envíos estarán sujetos a verificación y seguimiento en recintos designados, y los PSP deberán garantizar la trazabilidad de los paquetes, además de registrar y mantener los datos vinculados a las operaciones.
En lo relativo a muestras para ensayos en laboratorios, se permitirá el ingreso de muestras destinadas a laboratorios que realizan ensayos para obtener certificaciones de productos, en tanto y en cuanto las mismas no excedan los 50 kg por paquete ni los USD 3.000 FOB por envío. Sin embargo, para productos destinados a certificaciones para mercados extranjeros, el límite aumenta a USD 10.000 FOB.
Para investigaciones científico-tecnológicas, se admite el ingreso de insumos destinados a beneficiarios de la Ley N° 25.613, siempre y cuando pesen hasta 50 kg y tengan un valor FOB menor a USD 3.000 por envío. Si el envío excede estos límites, deberá gestionarse mediante procedimientos generales de importación.
Debajo, encontrará adjuntos los anexos de la Resolución General 5608/2024.

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