
La Inspección General de Justicia (IGJ) publicó la Resolución General 11/2026, que simplifica distintos requisitos para la constitución e inscripción de sociedades, eliminando o flexibilizando exigencias formales que el organismo considera innecesarias. La medida entra en vigencia el día siguiente a su publicación, es decir, el 23 de septiembre.
Entre los principales cambios, deja de ser obligatorio el dictamen de precalificación profesional para constituir sociedades, aunque podrá presentarse voluntariamente o cuando sea requerido en casos específicos. También permite reservar hasta tres denominaciones por 30 días y habilita la constitución de una sede electrónica complementaria, mediante una dirección de correo electrónico, sin reemplazar la sede física.
Asimismo, flexibiliza el objeto social, permitiendo incluir una o varias categorías de actividades sin necesidad de que estén relacionadas entre sí ni de detallar cada actividad. Para las SAS, se admite expresamente la fórmula de realizar “cualquier actividad lícita”.
La resolución también simplifica la acreditación de aportes de capital, amplía las alternativas para aportes dinerarios y regula aportes mediante distintos tipos de bienes, incluidos activos virtuales. Además, permite incorporar cláusulas arbitrales en los instrumentos constitutivos y simplifica la documentación requerida para la inscripción de nuevas sociedades.
