
Les informamos que, mediante el *Decreto 311/2026*
, *se
han introducido modificaciones en la Nomenclatura Común del MERCOSUR*,
afectando los Derechos de Importación Extrazona (D.I.E.) de diversos
sectores.
A continuación, detallamos las principales bajas y modificaciones
arancelarias por rubro:
– *Agroindustrial y Químico:* Se fijan aranceles del 0% para
fertilizantes como urea y fosfatos amónicos. Ácidos como el láctico o el
glifosato técnico (ácido fosfonometiliminodiacético) quedan con aranceles
del 2% y 4% respectivamente.
– *Petroquímico y Plásticos:* Importantes bajas al 6% en polímeros de
etileno (polietileno), propileno (polipropileno) y estireno. El caucho
natural y sintético se reduce al 0%.
– *Automotriz y Motos:* Se establece un arancel del 0% para vehículos y
motocicletas incompletos totalmente desarmados (IKD) bajo el régimen del
Decreto 460/23. Para unidades fuera de dicho régimen o completas desarmadas
(CKD), el arancel es del 15%.
– *Tecnológico y Electrodomésticos:* Los acumuladores de litio para
almacenamiento de energía y los componentes de conmutadores para uso
doméstico bajan al 0%. Las unidades condensadoras para refrigeración quedan
en 4%.
– Siderurgia y Metales: Se reducen al 0% o 2% diversas chapas de acero
inoxidable, alambres de acero y manufacturas de aluminio.
– *Retail y Otros:* El calzado presentado desmontado o sin montar tiene
un arancel del 0%.
Asimismo, se implementa el sistema SACIM para la administración de cupos de
importación, el cual operará bajo el método de “primero llegado, primero
servido” ($FCFS$). Las reservas de cupos tendrán una validez de 60 días.
