Les informamos que, mediante el *Decreto 311/2026*
, *se
han introducido modificaciones en la Nomenclatura Común del MERCOSUR*,
afectando los Derechos de Importación Extrazona (D.I.E.) de diversos
sectores.

A continuación, detallamos las principales bajas y modificaciones
arancelarias por rubro:

  – *Agroindustrial y Químico:* Se fijan aranceles del 0% para
  fertilizantes como urea y fosfatos amónicos. Ácidos como el láctico o el
  glifosato técnico (ácido fosfonometiliminodiacético) quedan con aranceles
  del 2% y 4% respectivamente.
  – *Petroquímico y Plásticos:* Importantes bajas al 6% en polímeros de
  etileno (polietileno), propileno (polipropileno) y estireno. El caucho
  natural y sintético se reduce al 0%.
  – *Automotriz y Motos:* Se establece un arancel del 0% para vehículos y
  motocicletas incompletos totalmente desarmados (IKD) bajo el régimen del
  Decreto 460/23. Para unidades fuera de dicho régimen o completas desarmadas
  (CKD), el arancel es del 15%.
  – *Tecnológico y Electrodomésticos:* Los acumuladores de litio para
  almacenamiento de energía y los componentes de conmutadores para uso
  doméstico bajan al 0%. Las unidades condensadoras para refrigeración quedan
  en 4%.
  – Siderurgia y Metales: Se reducen al 0% o 2% diversas chapas de acero
  inoxidable, alambres de acero y manufacturas de aluminio.
  – *Retail y Otros:* El calzado presentado desmontado o sin montar tiene
  un arancel del 0%.

Asimismo, se implementa el sistema SACIM para la administración de cupos de
importación, el cual operará bajo el método de “primero llegado, primero
servido” ($FCFS$). Las reservas de cupos tendrán una validez de 60 días.

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