En el marco de la apertura comercial, el Gobierno nacional publicó la Resolución 56/2026 de la Secretaría de Industria y Comercio, mediante la cual se aprueba un nuevo Protocolo de Vigilancia de Mercado. Esta medida redefine el sistema de control sobre los productos importados y vuelve a habilitar el “canal rojo” en Aduana, aunque bajo un esquema diferente al anterior.

El nuevo modelo busca agilizar el ingreso de mercaderías bajo un sistema basado en la confianza, pero al mismo tiempo endurece las inspecciones y sanciones ante incumplimientos.

Nuevo enfoque de control

El sistema adopta un esquema de vigilancia basado en análisis de riesgo, por lo que los controles ya no serán masivos ni aleatorios. Las inspecciones se concentrarán principalmente en:
Productos que puedan afectar la salud o seguridad de los consumidores
Bienes con antecedentes de incumplimientos normativos
Productos sobre los que existan denuncias o alertas internacionales
Mercaderías identificadas mediante información del comercio exterior (volúmenes, sector o perfil del importador)
Este esquema representa un cambio de paradigma, pasando de un modelo previo basado en trabas burocráticas antes de la importación a un sistema de fiscalización posterior (ex-post) sobre los productos que ya se encuentran en el mercado.

Tres herramientas principales de control

El nuevo protocolo se implementará mediante tres mecanismos:
Verificación Documental:
Las empresas deberán presentar, a través de Trámites a Distancia (TAD), certificaciones e informes técnicos que acrediten el cumplimiento de la normativa.
Verificación Técnica y Ensayos:
Se habilita la extracción de muestras del mercado para ensayos de laboratorio, bajo un sistema de muestras por triplicado (análisis, contraverificación y muestra para la empresa), priorizando laboratorios acreditados por el Organismo Argentino de Acreditación (OAA).
Controles Fronterizos:
Aunque el foco estará en el mercado interno, se podrán realizar intervenciones coordinadas con Aduana antes del despacho a plaza cuando el análisis de riesgo lo justifique.
Impacto para las empresas

El nuevo esquema impone obligaciones más estrictas en materia de cumplimiento. En particular, las empresas deberán:
Responder requerimientos de información en un plazo de 10 días hábiles a través de TAD.
Cumplir con las certificaciones y requisitos técnicos correspondientes.
En caso de incumplimiento, las autoridades podrán aplicar multas, retiro de productos del mercado, suspensión de la comercialización o incluso la inhabilitación comercial para importar.

Si bien el objetivo oficial es agilizar los despachos aduaneros y reducir costos administrativos, especialistas advierten que el éxito del sistema dependerá de la capacidad operativa de inspectores y laboratorios para sostener el ritmo del comercio exterior.

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